ORDENANZA ZONA AZUL (1995) Recop. 2018

Créase una sistema de limitación de estacionamiento en la vía pública que se denominará «ZONA AZUL».
El referido sistema se aplicará en aquellas zonas donde se produce mayor aglomeración de vehículos a juicio de la Dirección de Tránsito y Transporte y que en una primera etapa comprenderá la zona abarcada por las siguientes calles: Agraciada, Sarandí e Ituzaingó desde Bulevar 33 Orientales hasta General Artigas. Boulevard 33 Orientales desde Fructuoso Rivera hasta Joaquín Suárez; Ceballos, Paysandú, Figueroa, Faustino Carámbula, Monseñor Vera y General Artigas desde Uruguay hasta Ituzaingó.

Ordenanza SERVICIO FÚNEBRE DEPARTAMENTAL (2011) Recop. 2019

Servicio Fúnebre Departamental estará a cargo del Departamento de Necrópolis, unidad dependiente de División Higiene Departamental. Los cadáveres para poder ser recogidos por el Servicio Fúnebre Departamental deberán contar exorablemente con la constancia de fallecimiento firmada por médico o el certificado médico de defunción firmado por el médico actuante.- En caso de haberse practicado una pericia médico legal (autopsia) el médico firmante será el médico forense y en caso de ser la Policía quien realice la entrega del cuerpo, la misma se efectuará bajo recibo y siempre que el cadáver esté acompañado del correspondiente certificado médico de defunción.-

ANIMALES SUELTOS EN LA VÍA PÚBLICA (1996) Recop. 2019

En todos los lugares de uso público que se encuentren ubicados dentro de la planta urbana de las ciudades de Rivera y Tranqueras y de las Villas del Departamento, se prohíbe abandonar, o dejar, o tener animales sueltos o atados, ni aún bajo cuidados, sean equinos, bovinos, caprinos o similares.-

ORDENANZA SOBRE TENENCIA RESPONSABLE DE CANES (2001)

Comisión Honoraria Departamental Coordinadora de Tenencia Responsable de Canes. El can, perro y su tenencia responzable, mazcota, en compañía de su dueño o tenedor debera tener dominio sobre el canino; riesgo para las personas y bienes; razas de campania y guardia; perros guía, via pública; bozal, collar; canil, cria y venta, tratamiento, cría, adiestramiento y venta de canes. condiciones edilicias y sanitarias, adiestramiento; malos tratos; abandono; Maltratar o agredirlos o someterlos a cualquier práctica que les cause sufrimiento o daño animal problema; materias fecales; canes que ocasionen perjuicios y molestias de convivencia tales como ruidos molestos, olores o roturas; protectoras de animales, Veterinarias, incautación del animal, perrreras, protección de canes abandonados.

ORD. CEMENTERIOS – (1974 – 1996) Recop. 2019

Funcionamiento de Cementerios en el Departamento, Inhumación de cadáveres, Cementerios públicos, Cementerios Parquizados, entrada de cadáveres en los cementerios, hornos para cremación de cadáveres y restos humanos o restos óseos humanos, Necrópolis, incineración.